Ordenanza Nº 1733-2008 Imprimir
Jueves, 04 de Diciembre de 2008 00:00

ORDENANZA Nº 1733-2008

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Modifícanse los artículos 4º, 8º y 11º de la Ordenanza Nº 732 los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"ARTICULO 4º: Los beneficiarios de viviendas construidas mediante los programas 1 y 2 pasarán a ser deudores de la Municipalidad de Roque Pérez por el monto determinado por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para una vivienda similar o el costo individual que determine la Municipalidad para cada vivienda, tomándose el que resulte menor. En ningún caso podrá exceder para la vivienda del programa 1, el valor equivalente a cincuenta mil pesos ($50.000) y para el programa 2 el valor equivalente a treinta mil pesos ($30.000).

ARTICULO 8º: El monto total determinado para los programas 1 y 2 según los artículos precedentes será reembolsado a la Municipalidad por los beneficiarios en hasta doscientos cuarenta (240) meses contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de entrega de la vivienda, en cuotas mensuales y consecutivas, con más un interés anual del cinco por ciento (5%) sobre saldos (sistema francés).

ARTICULO 11º: El monto máximo del programa Nº 4 "PRESTAMOS" será de hasta un valor equivalente a veinte mil pesos ($20.000) previa determinación de la inversión a realizar a través de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos reintegrables en cuotas mensuales, consecutivas, con más de un interés del cinco por ciento (5%) anual sobre saldos (sistema francés), en un plazo de hasta treinta y seis (36) meses.

Los beneficiarios garantizarán el pago con garantía a satisfacción de la Municipalidad, o hipoteca sobre la vivienda".-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS DOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.-

Registrada bajo el Nº 1733 con fecha 04/12/2008.-