Ordenanza Nº 1956-2012 |
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Miércoles, 17 de Octubre de 2012 00:00 |
ORDENANZA Nº 1956-2012 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Establecese el siguiente sentido de circulación de mano única en las calles que a continuación se detallan:
ARTICULO 2º.- Establecese el siguiente permiso de estacionamiento obligatorio en las calles que a continuación se detallan:
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo deberá arbitrar los medios necesarios para la aplicación de la presente, instruyendo a la población en el cumplimiento de la norma.- ARTICULO 4º.- La presente Ordenanza se comenzará a aplicar a partir del primer día hábil del mes de diciembre del año 2012.- ARTICULO 5º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.- ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.- Firmada: Marcos Torres. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1956 con fecha 17/10/2012.- |