Ordenanza Nº 1306-2002 |
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Lunes, 25 de Marzo de 2002 00:00 |
ORDENANZA Nº 1306-2002 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Modifícanse los Artículos 1º; 2º; 4º, inciso a); 6º, inciso h); 7º; 10º y 16º de la Ordenanza Nº 1.290, los que quedarán redactados de la siguiente forma: "ARTICULO 1º: Establécese un régimen de regularización y consolidación de deuda vencida correspondiente a Tasas y Derechos Municipales. ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo determinará mediante decreto el plazo durante el cual los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse voluntariamente a los distintos planes de pago que establece la presente ordenanza. ARTICULO 4º: Inciso a) Tener al día las tasas y/o derechos por el periodo que fije el Departamento Ejecutivo. ARTICULO 6º: Inciso h) 20% al contado y el resto en dos anualidades iguales con vencimiento a 12 y 24 meses a contar de la fecha de acogimiento, con una condonación del 45%. ARTICULO 7º: La deuda generada a partir del período a regularizar, que será determinado por el Departamento Ejecutivo (Artículo 4º, inciso a)), podrá ser cancelado en hasta tres (3) cuotas mensuales. ARTICULO 10º: Facúltase al Departamento Ejecutivo, con posterioridad al vencimiento que este mismo establezca según el Artículo 2º, a modificar los porcentajes de multas y recargos a condonar, por los períodos que considere pertinentes prorrogar. ARTICULO 16º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza".- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOS.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Gustavo Adolfo Arguindeguy. Secretario HCD.- Registrada bajo el Nº 1306 con fecha 25/03/2002.- |