Ordenanza Nº 1316-2002 PDF Imprimir E-mail
Jueves, 20 de Junio de 2002 00:00

ORDENANZA Nº 1316-2002

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Cooperativa de Electricidad, Consumo, Crédito, y Otros Servicios de Antonio Carboni Ltda. un convenio de percepción de Tasa Municipal de Alumbrado Público de la Localidad de Carlos Begueríe, a partir del 1º de junio de 2002, para los usuarios del servicio de la planta urbana, de conformidad con las normas de la Ley Nº 10.740 y las Ordenanza Impositiva y Fiscal vigentes y el adjunto proyecto, según el cual se aplicarán las alícuotas fijadas por Ordenanza Nº 1278 de acuerdo a las distintas categorías, según lo siguiente:

  1. Residencial: Consumo mínimo: Seis pesos ($6) bimestrales.

Consumos Normales: Diez pesos ($10) bimestrales.

  1. Comercial e Industrial: $12 bimestrales.

ARTICULO 2º.- El citado convenio tendrá una duración de dos (2) años a partir de su puesta en vigencia la rendición de cuentas se efectuará bimestralmente pudiéndose efectuar compensaciones entre las partes.-

ARTICULO 3º.- La Cooperativa prestadora del servicio detallado en el artículo 1º percibirá por el mismo, en concepto de compensación por los gastos administrativos y de gestión un porcentaje provisorio en el primer año del quince por ciento (15%) calculado sobre las liquidaciones, el que se ajustará en el segundo año, luego de realizado el análisis de costos definitivo.-

ARTICULO 4º.- El Proyecto de convenio de mención en el artículo 1º agregada a fojas de las actuaciones 4096-1154/2002 es parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOS.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.-

Registrada bajo el Nº 1316 con fecha 20/06/2002.-

 

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