Ordenanza Nº 1355-2002 |
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Miércoles, 20 de Noviembre de 2002 00:00 |
ORDENANZA Nº 1355-2002 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Incorpórense a la Ordenanza Impositiva vigente, en el Capítulo VIII – Derechos de Oficina – Secretaría de Gobierno – Licencias de Conductor, los siguientes ítems:
16.19.1.a.-Tres años $40,00 16.19.1.b.-Dos años $35,00 16.19.1.c.-Un año $25,00 16.19.2.a.-Tres años $55,00 16.19.2.b.-Dos años $50,00 16.19.2.c.-Un año $35,00 16.19.3.a.-Para ampliación de categoría de registros vigentes que requieran nuevo examen médico. Se bonificará el 50% de la tasa establecida para la licencia solicitada, pago mínimo $25,00 ARTICULO 2º.- Exímese del pago de Derechos de Oficina – Capítulo VIII – Artículo 16º - Secretaría de Gobierno – Licencias de Conductor a los integrantes del Cuerpo Activo de la Sociedad de Bomberos Voluntarios; personal policial de la Comisaría local, personal del municipio, con las siguientes limitantes:
ARTICULO 3º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.- ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.- Registrada bajo el Nº 1355 con fecha 20/11/2002.- |