Ordenanza Nº 1368-2003 PDF Imprimir E-mail
Viernes, 14 de Marzo de 2003 00:00

ORDENANZA Nº 1368-2003

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Adicionase al artículo cuarto de la Ordenanza Nº 1365 como segundo párrafo el siguiente Texto: .... "Los contribuyentes que se hayan acogido a moratorias municipales y se encuentren abonando las mismas, con pagos en cuotas, de acuerdo al organigrama convenido, y sin mora o vencimientos con deuda atrasada, gozarán de una bonificación del veinte por ciento (20%) equivalente a la de los contribuyentes que no registren deuda vencida".-

ARTICULO 2º.- Dicho beneficio se otorgará desde el primer vencimiento de la cuota anual 2003 de tasa de Conservación Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal imputándose los pagos efectuados en más a cuotas de vencimientos posteriores.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.-

Registrada bajo el Nº 1368 con fecha 14/03/2003.-

 

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