Ordenanza Nº 1371-2003 PDF Imprimir E-mail
Miércoles, 30 de Abril de 2003 00:00

ORDENANZA Nº 1371-2003

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Convalídense las adjudicaciones oportunamente efectuadas en el Plan de Autoconstrucción Nº 3 en la planta urbana de Roque Pérez (financiado con Fondos del Estado Nacional – Programa Nº 005 y un préstamo para terminación del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires) según el listado que como Anexo I forma parte integrante del presente y que será, por el término de treinta (30) días, sujeto a oposiciones o rectificaciones de quienes demuestren tener derecho y/o haber sido omitidos.

Al efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior se publicará el listado por un día en los diarios o periódicos de circulación local.

Dichas viviendas cuentan con un plan de pago en ciento ochenta (180) cuotas mensuales que se imputan a la amortización de la deuda generada por el crédito otorgado para la terminación de las construcciones, habiéndose iniciado el pago de las cuotas en el mes de setiembre de 1992.

Los terrenos de titularidad municipal se otorgan en propiedad a los adjudicatarios con el pago del precio en sesenta (60) cuotas mensuales, dicho contrato se suscribirá a mas tardar a la finalización del plan de pago indicado en el párrafo anterior. Se tomará como precio del predio el indicado en la Cédula Catastral o sus actualizaciones anuales o periódicas que la Dirección de Catastro Territorial disponga.-

ARTICULO 2º.- Por Asesoría Letrada se instrumentarán los respectivos contratos de compraventa de los predios de propiedad municipal de acuerdo a la operatoria de la Ordenanza Nº 221/77. Cumplidos los recaudos de la citada ordenanza y abonado el 100% de la deuda se suscribirán las escrituras traslativas de dominio por escribanía de Registro del Partido de Roque Pérez, a cargo de los adjudicatarios, o por la Escribanía General de Gobierno según artículo 4 de la Ley Nº 10.830 (actos registrales de interés social) sin cargo, a elección del beneficiario.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.-

Registrada bajo el Nº 1371 con fecha 30/04/2003.-

 

Para una óptima visualización del sitio, se recomienda una resolución de 1024x768 o superior