Ordenanza Nº 1398-2003 |
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Viernes, 01 de Agosto de 2003 00:00 |
ORDENANZA Nº 1398-2003 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Créase la Comisión municipal Pro – Monumento y Estudios Históricos al Dr. José Roque Pérez, la que estará compuesta por los siguientes miembros: Presidente: Intendente Municipal. Vice – Presidente: Presidente del Honorable Concejo Deliberante. Tesorero: Tesorero Municipal. Secretario: Será designado por los miembros de la Comisión. Vocales: Representantes de Instituciones y/o Organizaciones no gubernamentales y vecinos de la comunidad con deseos de participar en la organización, ejecución, colecta de fondos, etc. en cumplimiento de la finalidad de la entidad oficial creada por la presente. Sub - Comisiones: A fin del mejor cometido de la finalidad propuesta y especialización de las cuestiones atingentes al cometido de la entidad se podrán conformar las siguientes comisiones: De Finanzas: Será la encargada del manejo de las finanzas que se recaudan. De Proyecto de Arquitectura y Arte: Será la encargada de efectuar la convocatoria para presentación de proyectos. De estudios Históricos: Promoverá el estudio sobre la personalidad polifacética del Dr. Roque Pérez y la importancia de su accionar en su época histórica. ARTICULO 2º.- La reunión constitutiva se realizará el día 1 de agosto de 2003.- ARTICULO 3º.- La sede oficial será la Municipalidad de Roque Pérez.- ARTICULO 4º.- La comisión deberá llamar a concurso de proyectos para la obra arquitectónica y artística de un monumento o busto del Dr. Roque Pérez que se emplazará en la rotonda sita en el Acceso Pedro Gutiérrez y calle General Miguel Soler.- ARTICULO 5º.- El proyecto seleccionado deberá ser presentado a la comunidad en oportunidad de los festejos conmemorativos de la fundación de Roque Pérez, el día 21 de Septiembre de 2003.- ARTICULO 6º.- Podrá disponerse para el autor del proyecto seleccionado la entrega de un premio en dinero efectivo y/o todo otro tipo de recordatorio o estímulo que recuerde y recompense tanto al autor del trabajo elegido, como también a todos los participantes.- ARTICULO 7º.- Se invitará a los Establecimientos Educacionales del Distrito, para que sus alumnos participen en la ejecución de trabajos sobre la historia y personalidad del Dr. Roque Pérez, pudiéndose disponer premios o estímulos como los previstos en el artículo 6º.- ARTICULO 8º.- La Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas y la Dirección de Cultura Municipales colaborarán con la comisión para la elaboración de pliegos y condiciones de los concursos.- ARTICULO 9º.- La comisión promoverá a través de colaboraciones públicas o privadas la edición de ejemplares para difusión del trabajo histórico literario premiado.- ARTICULO 10º.- Las iniciativas de los artículos anteriores son enunciativas y la Comisión podrá establecer otros trabajos o estudios complementarios e integradores de los de mención anterior.- ARTICULO 11º.- Los fondos destinados a la implementación de la presente ordenanza serán recaudados en la comunidad, a cuyo efecto se efectuará una convocatoria pública. La Municipalidad abrirá una cuenta Especial denominada Homenaje Dr. José Roque Pérez en donde se depositarán los mismos.- ARTICULO 12º.- La Comisión podrá dictar su reglamento interno.- ARTICULO 13º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRES.- Firmada: César Luis Fontana. Vicepresidente 1º HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.- Registrada bajo el Nº 1398 con fecha 01/08/2003.- |