Ordenanza Nº 1417-2003 PDF Imprimir E-mail
Lunes, 10 de Noviembre de 2003 00:00

ORDENANZA Nº 1417-2003

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Exímese con carácter permanente, a todos los establecimientos educativos y dependencias pertenecientes a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.-

ARTICULO 2º.- Anúlense las liquidaciones de deuda atrasada que pudieran haberse efectuado hasta el día de la fecha en relación a percepciones de deuda vencida de dicho tributo.-

ARTICULO 3º.- La presente exención no comprende los conceptos de dicha tasa percibidos por la Ley 10.740.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.-

Registrada bajo el Nº 1417 con fecha 10/11/2003.-

 

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