Ordenanza Nº 1417-2003 |
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Lunes, 10 de Noviembre de 2003 00:00 |
ORDENANZA Nº 1417-2003 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Exímese con carácter permanente, a todos los establecimientos educativos y dependencias pertenecientes a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.- ARTICULO 2º.- Anúlense las liquidaciones de deuda atrasada que pudieran haberse efectuado hasta el día de la fecha en relación a percepciones de deuda vencida de dicho tributo.- ARTICULO 3º.- La presente exención no comprende los conceptos de dicha tasa percibidos por la Ley 10.740.- ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.- Registrada bajo el Nº 1417 con fecha 10/11/2003.- |