Ordenanza Nº 1490-2005 |
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Jueves, 14 de Abril de 2005 00:00 |
ORDENANZA Nº 1490-2005 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Creáse el "BOLETÍN MUNICIPAL", publicación periódica, informativa e ilustrativa, de distribución gratuita.- ARTICULO 2º.- Será objetivo principal de esta publicación la difusión, en texto oficial, de:
Ordenanzas, Decretos, Resoluciones y acuerdos básicos, sancionados por el Honorable Concejo Deliberante; Decretos y Resoluciones de carácter general que dicte el Departamento Ejecutivo; Reglamentos y disposiciones vigentes en la Municipalidad; Datos estadísticos e información de carácter municipal; Avisos Municipales; Colaboraciones, artículos y estudio sobre cuestiones municipales, ya sean nacionales o extranjeras. ARTICULO 3º.- La dirección, redacción, compaginación y distribución, será coordinada por la Presidencia del H.C.D. a través de la Secretaría del Cuerpo.- ARTICULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza durante el corriente año, serán imputados a: Jurisdicción I "Departamento Deliberativo", Honorable Concejo Deliberante, Partida principal 10, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 5º.- Inclúyase en los Presupuestos de Gastos de ejercicios futuros, una partida suficiente para atender la publicación del "Boletín Municipal" con la continuidad y periodicidad que las circunstancias aconsejen.- ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1490 con fecha 14/04/2005.- |