Ordenanza Nº 1515-2005 |
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Miércoles, 24 de Agosto de 2005 00:00 |
ORDENANZA Nº 1515-2005 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Unifícanse los Fondos Especiales de "Fondo Especial de Pavimentación Urbana" creado por Ordenanza Nº 820; "Fondos Permanentes para la Conservación del Alumbrado Público" dispuesto por Ordenanza Nº 680 y su Decreto Reglamentario Nº 176/90, y "Fondo Especial para Obras de Saneamiento Urbano" creado por Ordenanza Nº 1.213 artículo 2º, en un único fondo denominado "Fondo Especial de Infraestructura Urbana".- ARTICULO 2º.- Integrarán el "Fondo" los ingresos provenientes de:
ARTICULO 3º.- El "Fondo" será destinado a:
ARTICULO 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a determinar formas y plazos de recupero de las obras realizadas, prioridades de obras, etc.- ARTICULO 5º.- La Contaduría Municipal procederá a realizar los movimientos contables correspondientes al cumplimiento de la presente ordenanza.- ARTICULO 6º.- Derógase toda otra norma que se oponga a la presente ordenanza.- ARTICULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1515 con fecha 24/08/2005.- |