Ordenanza Nº 1559-2006 |
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Lunes, 06 de Marzo de 2006 00:00 |
ORDENANZA Nº 1559-2006 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Dispónese restricción al dominio privado con fines de interés público, sobre los inmuebles que corresponda, linderos a la calle AZCAZUBI, desde su nacimiento en Presidente Perón, con rumbo N.E. en su recorrido hasta la proyección de la continuación de la calle San Juan, dos metros a cada lado contados desde la línea municipal existente, hasta completar el ancho de traza de 18 metros en la mencionada calle.- ARTICULO 2º.- Las superficies sobre las cuales se dispone la restricción al dominio quedan afectadas a la apertura, ampliación y/o corrección de trazas de las calles y/o caminos adyacentes a las mismas, en los términos que establece el Código Civil respecto de las restricciones y límites del Dominio Privado, no pudiendo disponerse en ellas construcciones ni instalaciones de carácter fijo y/o permanente.- ARTICULO 3º.- La restricción que se dispone por la presente ordenanza tendrá vigencia por el término que fija la ley.- ARTICULO 4º.- Establecese restricción al dominio privado en lo que corresponde a la proyección de la calle San Juan desde vías del Ferrocarril Roca hasta su encuentro con calle Azcazubi en un ancho de 18 metros en todo su recorrido.- ARTICULO 5º.- Derógase toda otra disposición anterior que se oponga a la presente Ordenanza.- ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SEIS.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1559 con fecha 06/03/2006.- |