Ordenanza Nº 1641-2007 |
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Miércoles, 02 de Mayo de 2007 00:00 |
ORDENANZA Nº 1641-2007 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Concédese al Centro de Estudiantes de Roque Pérez, domiciliado en calle 4 Nº 1.839 de la ciudad de La Plata, un apoyo económico de pesos diez mil ($10.000), el que será destinado a obras de reparación y remodelación del inmueble, en un todo de acuerdo al detalle de obras y presupuesto obrantes a fs. 1 y 2 del expediente Nº 4096-1828/07.- ARTICULO 2º.- El Centro de Estudiantes de Roque Pérez quedará obligado a probar la inversión hasta la suma concedida por la presente Ordenanza, de conformidad a lo normado por el artículo 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 3º.- El incumplimiento de la formalidad impuesta en el artículo precedente constituye causa para privar del beneficio a la citada entidad.- ARTICULO 4º.- El importe necesario para el pago del subsidio será imputado a Subjurisdicción 2 – Secretaría General, Actividad Central – Coordinación de Política de la Secretaría General, Actividad – Administración Recursos Financieros y Registros Contables, cuenta 5.1.7.0 – Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1641 con fecha 02/05/2007.- |