Ordenanza Nº 1725-2008 PDF Imprimir E-mail
Viernes, 10 de Octubre de 2008 00:00

ORDENANZA Nº 1725-2008

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Adhiérase la Municipalidad de Roque Pérez a la Ley Provincial Nº 13.850, debiendo el Departamento Ejecutivo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el cumplimiento de lo dispuesto en la referida norma.-

ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Provincia de Buenos Aires el convenio cuyo modelo se aprueba como Anexo I a la presente y toda otra documentación que resulte necesaria a los efectos de la puesta en marcha de la operatoria en el Título V de la Ley Nº 13.850.-

ARTICULO 3º.- Derógase a partir de la promulgación de la presente Ordenanza:

  1. El texto "o visible desde ésta" del inciso a) del artículo 110º del Capítulo V –Derecho por Publicidad y Propaganda- de la Ordenanza Fiscal vigente Nº 1712,

  2. El inciso b) del artículo 110º del Capítulo V – Derechos por Publicidad y Propaganda- de la Ordenanza Fiscal vigente Nº 1712,

  3. Los artículos  128º y 129º del Capítulo VII – Tasa por Inspección Veterinaria- de la Ordenanza Fiscal vigente Nº 1712,

  4. El texto "Aviso en Salas de Espectáculos …….. $30.-" del artículo 7º del Capítulo V –Derecho por Publicidad y Propaganda- de la Ordenanza Impositiva vigente Nº 1713, y

  5. Los artículos  9º, 10º y 11º del Capítulo VII –Tasa por Inspección Veterinaria y de Bromatología- de la Ordenanza Impositiva vigente Nº 1713.

  6. El texto "Letreros o avisos simples (carteles, paredes, laderas, exhibidores, vidrieras, etc.)…. $40,00.-" del artículo 7º del Capítulo V – Derecho por Publicidad y Propaganda – de la Ordenanza Impositiva vigente Nº 1713.

ARTICULO 4º.- Establécese que el Departamento Ejecutivo deberá dar cumplimiento con los servicios y/o conceptos a que refiere el artículo 42º de la Ley Nº 13850 y a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes en virtud de la sanción de la presente norma y la aplicación de la Ley antes mencionada.-

ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.-

Registrada bajo el Nº 1725 con fecha 10/10/2008.-

 

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