Ordenanza Nº 1876-2011 |
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Miércoles, 03 de Agosto de 2011 00:00 |
ORDENANZA Nº 1876-2011 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Modificase el primer párrafo del artículo 6º de la Ordenanza Nº 1802, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 6º.- La beca será otorgada a un máximo de cincuenta y ocho (58) estudiantes residentes en el Partido de Roque Pérez, determinándose como criterio de selección el siguiente:".- ARTICULO 2º.- Modificase el artículo 13º de la Ordenanza Nº 1802, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 13º.- La erogación que alcance la aplicación del presente será imputado a la Subjurisdicción 1110101000 – Conducción Superior, cuenta 5.1.3.0. – Becas del Presupuesto de Gastos Vigente o a la Cuenta "Apoyo a la Educación Universitaria" Fuente de Financiamiento 131, hasta el monto que resulte de la suma de los cupos previstos en el artículo 6º.".- ARTICULO 3º.- El aumento de cupo de becarios dispuesto por el Artículo 1º, será de aplicación a partir del presente año, desde la primera etapa prevista en el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 1.802.- ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.- Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1876 con fecha 03/08/2011.- |