Ordenanza Nº 1931-2012 |
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Martes, 15 de Mayo de 2012 00:00 |
ORDENANZA Nº 1931-2012 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Establécese una bonificación de hasta el veinte por ciento (20%), por bimestre, para los contribuyentes alcanzados por la tasa establecida en el Capítulo IV, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene – artículo 8º, a excepción de la actividad dispuesta en el inciso 5), de la Ordenanza Impositiva para el Ejercicio 2012, Nº 1.915. Dicha bonificación se integra de un diez por ciento (10%) para aquellos contribuyentes que no registren deuda al 31 de diciembre de 2011 y el restante diez por ciento (10%) para quienes a su vez, efectúen los pagos en término hasta el vencimiento de cada cuota bimestral inclusive.- ARTICULO 2º.- El beneficio establecido en el artículo 1º será de aplicación a partir del 1º de enero de 2012.- ARTICULO 3º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a acreditar el beneficio que dispone el artículo 1º para aquellos contribuyentes que se encuentren alcanzados por éste y ya hayan efectivizado el pago.- ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.- Firmada: Marcos Torres. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 1931 con fecha 15/05/2012.- |