Ordenanza Nº 2016-2013 PDF Imprimir E-mail
Jueves, 05 de Diciembre de 2013 00:00

ORDENANZA Nº 2016-2013

VISTO:

Que Roque Pérez, es una pequeña ciudad del interior de la provincia de Buenos Aires;

Que sus características obedecen al medio rural al que pertenece;

Que no existen edificios de gran altura;

Que predominan las casas con espacios verdes; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario conservar y preservar las características típicas del lugar respecto de las construcciones;

Que las ciudades y/o pueblos, sufren transformaciones no deseadas por la mayoría de sus habitantes si no se regulan estas actividades;

Que deben continuar predominando las casas y/o edificios bajos con espacios verdes;

Que los espacios más verdes y más abiertos de las ciudades del interior, constituyen un atractivo y uno de los valores más preciados por las personas, ya que hacen a su calidad de vida;

Por ello

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- En el Distrito de Roque Pérez, no se podrán realizar construcciones de más de planta baja y dos pisos.-

ARTICULO 2º.- En aquellos barrios que se han construido y/o que se construyan, manteniendo un determinado estilo arquitectónico, las viviendas y/o cualquier otro tipo de edificio permitido, podrán ampliarse o refaccionarse respetando tales características de construcción.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-

Firmada: Marcos Torres. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.-

Registrada bajo el Nº 2016.-

 

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