Ordenanza Nº 2029-2014 PDF Imprimir E-mail
Miércoles, 23 de Abril de 2014 00:00

ORDENANZA Nº 2029-2014

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Otorgase a partir del 1º de abril de 2014 un incremento salarial a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente y temporaria), según lo siguiente:

  1. Del veinticinco por ciento (25%) sobre el sueldo básico a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez.

  2. Para todo el personal de categoría 1 a categoría 9 con cargas horarias de 30, 35, 36 y 40 horas además del incremento dispuesto en el inciso a) se abonará una bonificación no remunerativa permanente de doscientos pesos ($200).

  3. Para todo el personal que revista en la categoría 10 con cargas horarias de 30, 35, 36 y 40 horas además del incremento dispuesto en el inciso a) se abonará una bonificación no remunerativa permanente de ciento sesenta pesos ($160).

  4. Para todo el personal que revista en la categoría 11 con cargas horarias de 30, 35, 36 y 40 horas además del incremento dispuesto en el inciso a) se abonará una bonificación no remunerativa permanente de ciento veinte pesos ($120).

Todas las bonificaciones citadas en los incisos b), c), y d) no serán aplicables a los agentes municipales "enfermeros/as" que tengan asignado módulos por "adicional por merito" categoría "A".

ARTICULO 2º.- Establécese el valor del modulo para la aplicación del artículo primero en la suma de pesos dos con noventa y tres centavos y nueve décimas de centavos ($2,939).-

ARTICULO 3º.- Otorgase a partir del 1º de abril de 2014 un incremento en el concepto "presentismo" de trescientos pesos ($300), el que quedará fijado en la suma total de seiscientos cincuenta pesos ($650).-

ARTICULO 4º.- Los beneficios establecidos por los artículos 1º, 2º y 3º de la presente norma, no serán aplicables al personal profesional de la Carrera Profesional Hospitalaria, ley Nº 10.471 y sus modificatorias, quienes recibirán las remuneraciones correspondientes a la aplicación de la disposición legal respectiva.-

ARTICULO 5º.- Apruébanse las grillas actualizadas del personal municipal con las modificaciones de los artículos 1º, 2º y 3º, las que forman parte integrante de la presente ordenanza y reemplazan a las aprobadas por la ordenanza Nº 2.018.-

ARTICULO 6º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar las partidas presupuestarias pertinentes, tomando el crédito necesario de la partida presupuestaria: Jurisdicción 1110102333, Partida 1.1.5.0 Otros gastos en personal.-

ARTICULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

Firmada: Nicolás Granillo Fernández. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.-

Registrada bajo el Nº 2029 con fecha 23/04/2014.-

 

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