Ordenanza Nº 2053-2014 PDF Imprimir E-mail
Miércoles, 16 de Julio de 2014 00:00

ORDENANZA Nº 2053-2014

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Modifíquense los artículos 2º y 3º de la Ordenanza 1085/1998 los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

"ARTICULO 2º.- El Consejo estará integrado por siete (7) miembros titulares e igual numero de suplentes que durarán 1 año en sus funciones pudiendo ser reelegidos.

Al constituirse designarán entre sus miembros un Presidente y un Secretario por 1 año, que también podrán ser reelegidos.-

ARTICULO 3º.- Los miembros del organismo citado serán designados por el Departamento Ejecutivo en la siguiente forma:

2 titulares y 2 suplentes serán elegidos directamente por el D.E.

2 titulares y 2 suplentes serán Concejales, elegidos por el Honorable Concejo Deliberante.

2 titulares y 2 suplentes serán elegidos por la Sociedad Rural de Roque Pérez o la entidad agropecuaria correspondiente.

1 titular y 1 suplente será elegido por la Asociación de Comerciantes Roqueperenses".-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

Firmada: Nicolás Granillo Fernández. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.-

Registrada bajo el Nº 2053 con fecha 16/07/2014.-

 

Para una óptima visualización del sitio, se recomienda una resolución de 1024x768 o superior