Ordenanza Nº 2180-2018 |
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Jueves, 24 de Mayo de 2018 00:00 |
ORDENANZA Nº 2180-2018 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de ORDENANZA ARTICULO 1º.- Otorgase un incremento salarial del veinte por ciento (20%) a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente - planta temporaria):
ARTICULO 2º.- Otorgase una bonificación especial destinada a la provisión de indumentaria y gastos de traslado sin obligación de rendición de cuentas, no remunerativa, a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente – planta temporaria), según lo siguiente:
Para el personal que cobre asignación por mérito o por responsabilidad de cargo, las sumas indicadas en los incisos precedentes serán consideradas dentro del monto de la bonificación percibida.- ARTICULO 3º.- Establécese el valor del modulo para la aplicación del artículo primero inciso a) en la suma de pesos seis con quinientos sesenta y siete centavos ($6,567); y para la aplicación del artículo primero inciso b) en la suma de pesos siete pesos con ciento sesenta y cuatro centavos ($7,164).- ARTICULO 4º.- Otorgase a partir del 1º de abril de 2018 un incremento en el concepto "presentismo" de doscientos cincuenta pesos ($250,00), el que quedará fijado en la suma total de un mil pesos ($1.000,00), y en el concepto "presentismo especial" de doscientos cincuenta pesos ($250,00), el que quedará fijado en la suma total de quinientos pesos ($500,00).- ARTICULO 5º.- Los beneficios establecidos por los artículos precedentes, no serán aplicables al personal profesional de la Carrera Profesional Hospitalaria, Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, quienes recibirán las remuneraciones correspondientes a la aplicación de la disposición legal respectiva.- ARTICULO 6º.- Apruébanse las grillas actualizadas del personal municipal con las modificaciones de los artículos 1º, 2º y 3º, las que forman parte integrante de la presente ordenanza.- ARTICULO 7º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente ordenanza.- ARTICULO 8º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar las partidas presupuestarias pertinentes, tomando crédito necesario de la partida presupuestaria: Jurisdicción 1110102333, Partida 1.1.5.0 Otros gastos en personal.- ARTICULO 9º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.- Firmada: Pedro René Lucesoli. Presidente HCD. Silvina A. Millán. Secretaria HCD.- Registrada bajo el Nº 2180 con fecha 24/05/2018.- |