Suspensión de ejecuciones hipotecarias‏ PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrador   
Martes, 09 de Octubre de 2012 00:00

El Ministerio de Justicia y Seguridad, a través de la Municipalidad de Roque Pérez, informa sobre el mecanismo registral exigido por la ley Nº 13.302, modificada por ley Nº 14.360, para la suspensión de las ejecuciones hipotecarias de las viviendas únicas y/o unidades productivas.

Ello, con motivo de la nueva redacción del artículo 4º de la norma, en virtud del cual "...el deudor tendrá un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la orden de subasta, a fin de cumplimentar la referida inscripción; caso contrario, la suspensión legalmente establecida quedará sin efecto en forma automática. Respecto a los procesos que se encuentren suspendidos a la fecha, el deudor tendrá un plazo de noventa (90) días hábiles para inscribirse en el Registro, contando a partir de la entrada en vigencia de la presente ley".

Consecuentemente, a fin de evitar que la suspensión legalmente establecida quede sin efecto en forma automática, quienes resulten comprendidos en dicho régimen legal, deberán solicitar la inscripción en el Registro de Deudores con Ejecuciones Judiciales, que funciona en el ámbito de la Subsecretaria de Justicia, en calles 12 y 53, torre II, piso 9º de la ciudad de La Plata, teléfono (0221) 429-5584/5582, mediante declaración jurada y dentro del plazo perentorio fijado.

 

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